2017-09-24 13:50:06
Amigos, estamos en Septiembe y una vez acoplados nuestros chavales en sus colegios, nos planteamos este nuevo curso y empezamos a mirar matriculas, polizas, hipotecas, etc…
Vamos a comentar brevemente lo que nos corresponde como profesionales:
A lo largo de todas los meses os iremos indicando como tener correctamente todas vuestras pólizas de seguro, que es lo que da cobertura a nuestro patrimonio y como digo siempre “si los ricos se aseguran, imaginaros si nosotros, que trabajamos para mantener a nuestros familias, tendremos que estar bien asegurados”.
En primer lugar indicaros que no existe directiva europea, ni articulado del banco de España, que os obligue a tener vuestras pólizas de seguros vinculadas a la hipoteca con la entidad bancaria. Lo que sí es obligatorio es tener una póliza de seguros con el mediador que vosotros tengáis o designéis.
Hay que tener en cuenta los siguientes puntos:
1) Si contratamos póliza de hogar: pondremos de beneficiario, exclusivamente por el continente afecto, a la entidad bancaria. ¡OJO! Solo por los m2 del inmueble (tener en cuenta que cuando se adquiere una vivienda, incluye suelo y edificación).
Cuando la entidad bancaria emite el préstamo, el importe total incluye una serie de conceptos, que no son susceptibles de asegurar. Normalmente ellos te aseguran por el importe total del préstamo. ¡Esto es un abuso¡ Se tiene que asegurar solo los m2 de la vivienda a un valor medio de 750 – 800€ m2. Exclusivamente. Si ocurre un siniestro grave y, por ejemplo, se derrumba la edificación por un incendio, se aplica el valor de reconstrucción. El suelo ya está pagado, no se debe tener en cuenta en la contratación de la póliza.
2) Si contratamos póliza de vida tenemos que tener en cuenta varias cuestiones:
- Os tenéis que asegurar que la póliza se contrata en la modalidad “anual renovable”, es decir, pago cada año por mi fecha de nacimiento y capital pendiente de amortizar. No contratéis cuando os quieran hacer la póliza a cinco o diez años.
- ¿Y si habéis quitado la hipoteca por cualquier circunstancia antes Ya habéis pagado lo que no debíais, os han hecho pagar por unos años que no os corresponden.
- No olvidéis mirar si el tipo de amortización decreciente de la póliza es el sistema francés, que es el más común, u otro cualquiera.
- A la hora de designar el beneficiario de la póliza de vida, es importante detallar los beneficiarios: primero la entidad bancaria y luego un segundo beneficiario (cónyuge, hij@s...)
Si el capital asegurado es fijo, por ejemplo, contratas la póliza por 100.000 euros de capital asegurado en vida, que coincide con el préstamo solicitado y ocurre un fallecimiento a los 7 años y te queda un capital pendiente de amortizar del préstamo de 40.000 euros (en esos 7 años has pagado 60.000 euros del préstamo), la póliza de seguro de vida tendría que abonar al banco los 40.000 euros que resta del préstamo y los 60.000 euros que ya habías pagado deberían de ser para el segundo beneficiario que designamos. Si no designamos un segundo beneficiario, el capital irá íntegro a la entidad bancaria.
- Por otra parte, la prima a pagar por el seguro de vida tiene que ser adecuada al mercado asegurador. Es muy común encontrarnos a clientes que les hacen pagar entre 800 y 1.200 euros/año por pólizas de vida con capitales asegurados de 40.000€ y 50.000€. ¡Eso es una barbaridad!
Cuando os dicen que si hacéis los seguros en la entidad bancaria, os baja medio punto la hipoteca, es falso. Esa diferencia os la cobran en lo seguros de hogar y de vida.
Mi consejo es que vayáis bien informados y os pongáis en manos de profesionales cualificados, mediadores autorizados con su titulación correspondiente y debidamente registrados, que os asesorarán adecuadamente.
Para cualquier consulta, no dudéis en contactar con nosotros.
Pedro Manuel Delgado